El hombre detenido por supuestamente asesinar a su exmujer de 48 años y a su hija de 12 en Xilxes pasa a disposición judicial este viernes. EFE/ Andreu EstebanLa titular del juzgado número 1 de la Sección de Violencia sobre la Mujer de Vila-real ha decretado el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza, del hombre detenido como presunto autor del asesinato de su exmujer y de la hija menor de ambos en Xilxes.
El detenido, que se ha acogido a su derecho a no declarar durante su comparecencia judicial, está investigado inicialmente por dos delitos de homicidio/asesinato y un delito de quebrantamiento de condena, en una causa en la que se mantienen bajo secreto las actuaciones, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.
En cuanto a los antecedentes por violencia de género relativos a este caso, el investigado ya fue condenado en febrero de 2025, en un juicio rápido celebrado el día 28 de ese mes por conformidad de las partes, y el propio Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Vila-real (ahora Plaza 1 de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Vila-real) le impuso varias penas.
En concreto, fue condenado como autor de un delito de coacciones del artículo 172.2 del Código Penal a 38 días de trabajos en beneficio de la comunidad, 16 meses de privación del derecho a la tenencia y porte de armas y a 16 meses de alejamiento y prohibición de comunicación respecto de la víctima
Asimismo, como autor de un delito de maltrato de obra en el ámbito de la violencia de género del artículo 153.1 y 3 del Código Penal se le condenó a 38 días de trabajos en beneficio de la comunidad, 16 meses de privación del derecho a la tenencia y porte de armas y a 16 meses de alejamiento y prohibición de comunicación respecto de la víctima
La jueza que estaba entonces al frente del citado órgano judicial impuso también al hombre, que hasta ese momento carecía de antecedentes penales, la obligación de indemnizar a la víctima con 200 euros, en concepto de responsabilidad civil.
La medida de alejamiento y prohibición de comunicación impuesta en esta sentencia firme estaba por tanto en vigor hasta octubre de 202, según las mismas fuentes.
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