Incendio en el Palancia el pasado mes de agosto El Consell, reunido en
sesión plenaria, ha aprobado el decreto que establece las bases reguladoras y
de concesión directa de ayudas a personas y empresas del sector turístico
afectadas por los incendios ocurridos durante el verano de 2022.
A través de este
decreto, Turisme Comunitat Valenciana destinará, de su propio presupuesto, dos
millones de euros en ayudas directas a las personas y empresas turísticas cuya
prestación de servicios se ha visto afectada negativamente como consecuencia de
la pérdida de demanda turística en el entorno de los incendios ocurridos en el
verano de 2022 en la Vall d’Ebo, Useras y Palancia.
En concreto, los
municipios afectados por el incendio forestal del Palancia son los de Altura, Barracas,
Bejís, Jérica, Sacañet, Teresa, Torás, El Toro y Viver.
Beneficiarios de las
ayudas
Podrán ser
beneficiarias las personas y empresas turísticas que, a la fecha de inicio del
plazo de presentación de solicitudes, presten servicios turísticos en alguno de
municipios que recoge el decreto.
Además, deben cumplir
con algunas condiciones, como ser titular de un establecimiento de alojamiento
turístico inscrito en el Registro de Turismo de la Comunidad Valenciana.
También podrán ser
beneficiarias las personas titulares de una empresa de turismo activo,
ecoturismo y/o actividad complementaria inscrita en el Registro de Turismo de
la Comunidad Valenciana. Igualmente,
podrán ser beneficiarias las personas titulares de una agencia de viajes
inscrita en el Registro de Turismo de la Comunidad Valenciana, y quienes estén
inscritas como Guía de Turismo.
Otra de las
condiciones para ser beneficiario es estar adherido a alguno de los programas
de política turística promovidos por Turisme Comunitat Valenciana: CreaTurisme,
SICTED, y/o L’Exquisit Mediterrani.
En el caso de que la
persona solicitante sea una persona trabajadora autónoma, esta deberá figurar
de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad
Social, así como en el Impuesto de Actividades Económicas.Y en el caso de que
el solicitante sea una persona jurídica, esta deberá estar dada de alta en el
censo de actividades económicas de la Agencia Estatal de la Administración
Tributaria.
Asimismo, las personas
o entidades solicitantes deben tener el domicilio fiscal en la Comunidad
Valenciana; y no incurrir en alguna de las prohibiciones previstas en los
apartados 2 y 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Importe y distribución
de ayudas
Las ayudas se
distribuirán según la tipología y condiciones de las personas beneficiarias.
Así, para los
alojamientos turísticos, la cuantía de las ayudas varía entre los 10.000 euros
y los 30.000, según la tipología. Mientras que para las personas titulares de
empresas de turismo activo, ecoturismo y/o actividad complementaria la cuantía
será de 15.000 euros, y para las personas titulares de agencias de viajes de
5.000 euros.
Para las personas
habilitadas como guías de turismo se ha estimado en 5.000 euros, mientras que
para las empresas adheridas al Programa L’Exquisit Mediterrani, será de 20.000
euros. Además, para las personas o empresas adheridas a los Programas SICTED o
CreaTurisme la cuantía de la ayuda prevista es de 12.000 euros
Cabe señalar que el
importe global máximo de las ayudas a conceder a una misma persona solicitante
no podrá ser superior a los 100.000 euros.
Presentación de
solicitudes
El plazo para la
presentación de solicitudes será el comprendido entre las 9:00:00 horas del día
5 de abril de 2023 y las 23:59:59 horas del día 5 de mayo de 2023.
La presentación de
solicitudes será telemática y requerirá que la persona solicitante disponga de
firma electrónica avanzada, utilizando cualquiera de los sistemas de firma
electrónica admitidos o empleados en la Sede electrónica de la Generalidad.
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