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La Cala de Finestrat se consolida como playa libre de humo desde el verano pasado
El Ayuntamiento modifica una ordenanza municipal para mantener la prohibición de fumar por seguridad sanitaria y para evitar el daño ambiental de las colillas en la arena
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REDACCIÓN - 18/05/2021
Cala de Finestrat/EPDA
La Cala de Finestrat se consolida como una de las primeras playas de la
Comunitat Valenciana libre de humos. Mientras en otras localidades todavía es
una recomendación, en la Cala de Finestrat está prohibido fumar desde el pasado
verano en aplicación del Plan de Contingencia que estableció el Ayuntamiento
para contener los contagios de la COVID-19. Ahora la prohibición se queda para siempre
después de la modificación de la ordenanza municipal ordenanza nº 29 de
convivencia en el espacio público que así lo establece.
“En algunas cuestiones la pandemia nos ha abierto los ojos para
incorporar medidas que se van a quedar para siempre. El verano pasado
prohibimos fumar dentro de la playa como medida sanitaria y de prevención. Y
nos dimos cuenta que es muy positivo porque fumar contamina, las colillas
provocan un grave daño ambiental en la arena y, además, no ayuda a la salud de
las personas. Por eso, esta prohibición va a continuar para siempre en la Cala de
Finestrat. No vamos a permitir que se fume en la playa y estoy convencido de que
los fumadores entenderán esta medida porque tienen muchos otros espacios al
aire libre para fumar”, señaló
el alcalde, Juanfran Pérez Llorca.
Esta prohibición se ha instaurado de manera definitiva mediante la
reciente modificación de la ordenanza nº 29 de convivencia en el espacio
público, ya publicada en el BOP del 20
de abril de 2021. “Nuestro objetivo
es crear un entorno seguro y saludable Y consideramos que medidas como la
prohibición de fumar en la playa va en consonancia de nuestra política de
gestión sanitaria y mediombiental”.
La medida establece la prohibición de fumar y
también vapear (fumar con cigarrillos electrónicos) en todas las zonas de uso
público de la playa. Su incumplimiento puede acarrear sanciones de hasta
750€.