El plazo finaliza el 18 de septiembreEl Patronato Provincial de Turismo ha
abierto ya el plazo para que las empresas certificadas con la marca Castelló
Ruta de Sabor puedan optar a una línea de subvenciones que les ayude a hacer
frente a las consecuencias económicas provocadas por la pandemia de la
Covid-19. La diputada responsable del área, Virginia Martí, ha anunciado que,
una vez publicadas las bases en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) del
pasado sábado 29 de agosto, se abre ahora un plazo hasta el 18 de septiembre
“para que las empresas de Castelló Ruta del Sabor opten a un Plan de
Reactivación que contempla un montante global de 500.000 euros”.
La diputada destaca en este sentido “el
gran esfuerzo de la Diputación Provincial de Castellón, a través del Patronato
de Turismo, por “reorientar su presupuesto y reforzar su apoyo al sector
turístico, que sin duda ha sido uno de los grandes damnificados por la
emergencia sanitaria, económica y social provocada por el coronavirus”.
Tal y como recogen las bases, podrán
beneficiarse de las subvenciones, que salen por concurrencia competitiva,
entidades del sector agroalimentario y turístico con algún producto o servicio
adherido a la marca Castelló Ruta de Sabor. Las subvenciones se destinarán a
cuatro bloques concretos: la contratación de servicios de asesoramiento y
consultoría necesarios para la elaboración de planes de contingencia y
protocolos de actuación frente a la Covid-19; la compra o alquiler de
materiales y equipos necesarios para la adaptación de las instalaciones a la
normativa de seguridad sanitaria; el desarrollo de acciones de digitalización
que permitan adaptar los servicios a las exigencias de los protocolos marcados
por la Covid-19 o, finalmente, desarrollo de acciones de comunicación y
promoción.
Únicamente serán objeto de ayuda los
gastos de carácter corriente, en ningún caso en bienes inventariables. La
cuantía de la subvención no podrá superar el 80 % de la actividad, siendo el
gasto máximo subvencionable de 25.000 € y la subvención máxima por beneficiario
20.000 €.
Por otro lado, se permite compatibilizar
estas subvenciones con la percepción de otras ayudas, ingresos o recursos para
la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes
públicos o privados, nacionales o de la Unión Europea o de Organismos
Internacionales, si bien el importe de las subvenciones en ningún caso podrá
ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones,
ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
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