Pancarta en una manifestación en contra de la violencia de género. El Consejo de Empadronamiento ha informado favorablemente la
propuesta para modificar la Resolución de 17 de febrero de 2020, sobre
instrucciones técnicas a los ayuntamientos en materia de gestión padronal, para
empadronar a las mujeres víctimas de violencia de género que se encuentran
viviendo en residencias, pisos tutelados o casas de acogida de las comunidades
autónomas.
Una vez informado favorablemente en el Consejo de
Empadronamiento, el Instituto Nacional de Estadística (INE) procederá a iniciar
su tramitación haciendo efectiva en próximas fechas la modificación.
En el seno del grupo de trabajo constituido en septiembre de
2020 e integrado por representantes del Defensor del Pueblo, INE, FEMP, Oficina
Nacional del Censo, Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de
Género y Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, se
acordó el texto y la propuesta de modificación de la citada Resolución de 17 de
febrero de 2020 para introducir un nuevo apartado relativo al empadronamiento
de las víctimas de violencia de género.
Empadronamiento de víctimas de violencia de
género
La modificación que introduce el grupo de trabajo es una
revisión de la citada Resolución de 17 de febrero de 2020 para introducir un
nuevo apartado relativo al empadronamiento de las víctimas de violencia de
género.
Ese nuevo apartado, dice así: En el caso de personas
víctimas de violencia de género a las que hace referencia el art. 1.2 de la Ley
Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral
contra la Violencia de Género, que residan o se encuentren bajo el amparo de la
red de recursos de asistencia social integral, como pisos tutelados,
casas de acogida u otros recursos de la citada red, y cuando no sea posible el
empadronamiento en el domicilio real por razones de seguridad, este podrá
llevarse a cabo en lugar que determinen los Servicios Sociales del municipio en
el que efectivamente residan (que podrá ser la sede de una institución social o
de los Servicios Sociales de cualquier Administración Pública domiciliada en su
término municipal, o cualquier otra dirección que estos indiquen, siempre
dentro del citado municipio) tras la correspondiente valoración técnica, debiendo
cumplirse las siguientes condiciones:
- Que
los Servicios Sociales y la institución social de referencia estén
integrados en la estructura orgánica de alguna Administración Pública o bajo su
coordinación y supervisión.
- Que
los responsables de estos Servicios Sociales informen sobre la habitualidad de
la residencia en el municipio de las personas que se pretenden empadronar.
- Que
los Servicios Sociales indiquen la dirección que debe figurar en la inscripción
padronal con referencia en el callejero municipal y se comprometan a intentar
la práctica de la notificación cuando se reciba en esa dirección una
comunicación procedente de alguna Administración pública.
Recomendación del Defensor del Pueblo
En diciembre de 2019, el Defensor del Pueblo hizo una
recomendación, relativa al empadronamiento de las mujeres víctimas de
violencia de género que se encuentran en residencias, pisos tutelados o casas
de acogida de las CCAA. Al priorizar la seguridad de las víctimas, no se
empadronan donde realmente residen y se originan problemas en el acceso a los
servicios públicos municipales, en especial cuando hay menores en edad de
escolarización.
Para evitar esta situación, recomendaba la modificación del
Real Decreto 1690/1986, por el que se aprueba el Reglamento de Población y
Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
Teniendo en cuenta la complejidad que la modificación de
dicha norma planteaba, dilatada tramitación, consulta a las comunidades
autónomas y entidades locales, informes preceptivos...se consideró como
solución más rápida la modificación de la Resolución de 17 de febrero de 2020
del Presidente del INE y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y
Local, del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, por la que se
dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión del padrón
municipal.
Previo informe del abogado del Estado del Ministerio de Política
Territorial y Función Pública, concluyendo que la propuesta resultaba ajustada
a Derecho, en marzo de 2020 se planteó al INE y al Defensor del Pueblo la
posibilidad de constituir un grupo de trabajo a fin de abordar el problema.
La propuesta fue aceptada por el Defensor del Pueblo y la
Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública se dirigió a la
Secretaria de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género para solicitar
su participación en el grupo de trabajo, que se constituyó en septiembre de
2020, con los representantes citados.
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