Un camarero monta las mesas en una terraza de un negocio de la Comunitat Valenciana. EPDA
Los hosteleros valencianos han presentado un recurso ante
el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) en el que
solicitan al tribunal que decrete, como medida cautelarísima, la suspensión
inmediata de la resolución de 11 de marzo de 2021 de la consellera de Sanidad
Universal y Salud Pública, por la que modifica la Resolución de 5 de
diciembre de 2020 que prohíbe las actividades y máquinas recreativas dentro
de los establecimientos de restauración y hostelería.
En este sentido, SOS Hostelería denuncia que la
Administración “no ha explicado ni motivado en qué medida el uso de las
actividades o máquinas recreativas dentro de los establecimientos de
hostelería y restauración supone un mayor riesgo de favorecer la trasmisión
del virus en relación a aquellas otras actividades a las que sí se permite su
ejercicio”.
El presidente de los hosteleros valencianos, Fidel Molina,
considera que “el ejercicio de actividades o máquinas recreativas dentro de
los establecimientos de restauración y hostelería es perfectamente
compatible con el uso continuado de la mascarilla y la desinfección de éstas
después de cada uso y es equivalente a la dinámica de otros sectores como el
del comercio”.
Fidel Molina considera “inexplicable” que la Generalitat
prohíba la utilización de máquinas recreativas en los locales de restauración
y hostelería y, en cambio, permita la utilización de las máquinas
dispensadoras de tabaco existentes en esos mismos locales” cuyo uso, además,
no sólo se permite en la resolución recurrida, sino que ya era permitido en
las resoluciones precedentes. Por este motivo, el presidente de SOS
Hostelería considera que “detrás de dicha prohibición se esconden
motivaciones muy diferentes a la lucha contra la pandemia. Todos sabemos que
las actividades relacionadas con el juego y las máquinas recreativas no
cuentan con excesiva simpatía entre la actual administración autonómica y
mantener las máquinas cerradas en bares y restaurantes es la prueba
evidente”.
Molina denuncia el criterio discriminatorio y arbitrario
de la resolución impugnada y asegura que la administración tiene que explicar
por qué dicha medida prohibitiva afecta a las máquinas tipo B de los bares y,
en cambio, no afecta al uso de otros dispositivos mecánicos similares como
pueden ser las máquinas de vending, los cajeros automáticos, parquímetros,
máquinas para el pago de parkings y un largo etcétera.
Los hosteleros aseguran que las máquinas tipo B instaladas
en los bares son una ayuda imprescindible para poder mantener los locales
abiertos, pagar el alquiler o los autónomos. En este sentido, Fidel Molina
defiende que el uso de máquinas recreativas dentro de los establecimientos de
restauración y hostelería es perfectamente compatible, no sólo con las
restricciones de aforo, sino con el uso continuado de la mascarilla.
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