VOX recurrirá la sentenciaVOX
Castellón presentará un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial del
archivo provisional, dictado por el juzgado de Instrucción número 6 de
Castellón, de la denuncia por prevaricación
presentada contra la concejal del Ayuntamiento de la capital, Verónica Ruiz (Compromís), por retirar
la Cruz del Ribalta.
El
vicesecretario jurídico de VOX Castellón, Cristóbal Caballero, insiste en que, tras las diligencias de
instrucción practicadas, “sí existen
indicios claros del delito de prevaricación administrativa”, ya que ha
quedado acreditado que no se producen actos o manifestaciones de exaltación del
franquismo en el entorno de lugar donde se hallaba el monumento y que para el
Ayuntamiento justificaban su retirada, “siendo
plenamente consciente la denunciada de que tales actos no se producen desde
hace décadas”.
Según
explica Caballero, el director
general de Calidad Democrática perteneciente a la Conselleria de Participación,
Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática hizo constar en el expediente
administrativo encargado por la concejal Verónica Ruiz que “la Cruz es un
elemento contrario a la Ley de Memoria Democrática siempre que se constate
fehacientemente que perviven las manifestaciones y concentraciones de
exaltación del régimen franquista”. Así, concluyó, conforme a los informes del
Comité de Expertos: “El monumento sigue siendo signo de exaltación de la Guerra
Civil y de la dictadura, por ser un punto de concentración para la exaltación
del franquismo en fechas concretas” y sentenció que, por este falso motivo, “debe ser retirado”.
A
juicio de Caballero, la premisa
desde la que parte del Comité de Expertos “es falsa” y recuerda que se aportaron como prueba reseñas de
prensa de noticias que se remontaban a los años 1980, 1981 y 2010. “Esto tan solo acredita una cosa: que no se
celebran desde hace 40 años actos de exaltación franquista en la Cruz del
Ribalta”, afirma.
REITERADA JURISPRUDENCIA CONSIDERA LEGALES CRUCES
RESIGNIFICADAS
En este sentido, el vicesecretario
jurídico de VOX Castellón considera que se ha producido “un doble torcimiento del Derecho,
propio del delito de prevaricación administrativa pues, en primer lugar, para eludir la aplicación de la reiterada
jurisprudencia dictada que considera ajustadas a la legalidad vigente las Cruces de los Caídos que han sido
resignificadas, esgrimió el peregrino argumento de que un monumento
podía convertirse en contrario a la legislación sobre Memoria Histórica por el
hecho de que se realizaran junto al mismo actos de exaltación del franquismo,
lo que no tiene ninguna justificación legal ni jurisprudencial”. Seguidamente
-prosigue Caballero – “una vez
fijada esa premisa, afirma
falsariamente que en la Cruz del Ribalta se celebran en la actualidad tales
actos de apología del régimen franquista”. “Es evidente que no nos
encontramos ante un simple acto ilegal, pudiendo apreciarse el plus de
antijuridicidad propio del delito denunciado”, dice.
Para Caballero, la concejal Verónica
Ruiz “actuó en connivencia y con
la necesaria colaboración de las personas responsables del Comité de Expertos y
de la Dirección General de Calidad Democrática”. Por eso, añade, “consideramos
que la decisión adoptada por la
Instructora, que yugula el procedimiento, es prematura e injustificada, y más propia del juicio plenario, al
descartar la existencia del delito en un momento incipiente del proceso, sin
practicar las diligencias de instrucción solicitadas por VOX”.
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