La
Diputación de Castellón está aumentando las cláusulas sociales en la
contratación pública como una nueva vÃa de participación ética y medioambiental
con la sociedad de la provincia. Estas nuevas iniciativas ya se han aplicado este
año a la contratación de bienes y servicios por cuantÃa de más de 1,5 millones
de euros si tenemos en cuenta los casos más recientes como el de limpieza o el
de rehabilitación de caminos rurales. AsÃ, si bien es cierto que la inclusión
de este tipo de criterios sociales se aprobó en el Pleno de 22 de noviembre de
2011, en los contratos más recientes el Gobierno Provincial está incrementando
este tipo de cláusulas de acuerdo a que es consciente de la importancia de que
las Administraciones Públicas exijan a sus licitadores el cumplimiento de
ciertos estándares sociales y ambientales, que haga que se produzca una
competencia entre las empresas por cumplirlos y mejorarlos para resultar
adjudicatarios.
La diputada de Acción Social, Elena
Vicente-Ruiz, ha explicado que "este tipo de iniciativas por parte de la
Administración Pública aporta a la ciudadanÃa modelos de empresas más responsables
y cuyos efectos positivos se multiplican gracias a las sinergias que se
establecen con las diversas polÃticas públicas. Es por ello que es tan
importante, tenemos que ser los primeros en aplicar estos principios, además de
evidentemente por el beneficio social inmediato que supone su ejecución".
En todos los contratos tramitados por
procedimiento abierto, se solicita a la empresa que se va a proponer como
adjudicataria que acredite que cumple con el porcentaje del 2% de personal con
discapacidad exigido por la Ley de Integración Social o, en su defecto, que
cumple con la adopción de medidas alternativas previa declaración de
excepcionalidad. En más de una ocasión el contrato no ha podido adjudicarse a
empresas que incumplÃan dicha obligación.
En algunos contratos como el de la gestión
del papel usado, la gestión de pilas usadas o el transporte complementario de
autobuses, se ha exigido que la empresa adscribiera a la ejecución del contrato
un porcentaje del personal que estuviera en riesgo de exclusión social,
acreditado convenientemente.
En contratos recientes como el de arreglos de
pistas de caminos se ha supervisado especialmente que las empresas cumplan con
el criterio de un 2% de su personal discapacitado; en otros ejemplos, como en
el contrato del servicio de limpieza o el de seguridad y vigilancia, se
establece la obligación de que la empresa que estuviera inicialmente incursa en
baja temeraria deba demostrar aportando un estudio de viabilidad detallado, que
puede cumplir con todos los requerimientos económicos y de otra Ãndole que
impone el convenio colectivo aplicable al sector, habiendo supuesto esta medida
en el primer contrato, el haber excluido a una empresa que no pudo acreditarlo.
También se ha establecido en el contrato de
seguridad y vigilancia una cláusula en materia de igualdad y de conciliación
familiar como condición de ejecución, de forma que deberá presentar a la
Diputación el plan de medidas de igualdad laboral y conciliación familiar, de
forma que si no lo cumpliese, el contrato se resolverÃa.
En otros contratos como la adquisición de vehÃculos o la edición de
libros se han introducido aspectos medioambientales, tanto en la fase de
ejecución de contratos como en la fase de selección del contratista, valorando
por ejemplo la menor emisión de C02, NO y partÃculas, en el contrato de
suministro de vehÃculos y, en el contrato de edición de libros, exigiendo un
máximo de colores, de gramaje del papel y otros.