La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha confirmado la sentencia dictada por un juzgado de lo Penal que impuso seis años y medio de prisión a un maltratador multirreincidente.
El tribunal ha desestimado asà el recurso de apelación interpuesto contra la resolución de instancia por la defensa del penado, que cometió diez delitos de maltrato, uno de ellos habitual, al insultar, humillar y agredir a su pareja sentimental en diferentes ocasiones durante los cinco años que duró la relación.
La sentencia ratificada ahora, que aprecia la eximente incompleta de enajenación mental y las agravantes de reincidencia y multireincidencia, también prohÃbe al hombre acercarse a menos de 500 metros o comunicarse por cualquier medio con la vÃctima, a la que deberá indemnizar con casi 13.000 euros por las lesiones y los daños morales que le causó.
Condenado y vÃctima mantuvieron una relación sentimental que duró aproximadamente cinco años. Prácticamente desde el inicio de la misma -según recoge la sentencia de apelación- el hombre insultó, menospreció, humilló y gritó a la mujer.
El penado también controlaba las relaciones de su pareja con terceras personas y la sometÃa con frecuencia a actos de violencia fÃsica como empujones, puñetazos o tirones de pelo.
Durante uno de los episodios, ocurrido el 25 de mayo de 2020, el agresor llegó a coger una daga decorativa de la vivienda, se abalanzó sobre la vÃctima y la hirió con ella en el lóbulo de una oreja.
Además de las lesiones fÃsicas, la perjudicada padece secuelas psicológicas como consecuencia del clima de humillación y terror a la que ha estado sometida por parte del condenado.
La sentencia de la Audiencia no es firme y se puede recurrir en casación ante el Tribunal Supremo.