La sentencia ha salido del Juzgado nº5 de Primera Instancia de Castelló de La PlanaEl Juzgado de
Primera Instancia e Instrucción Número 5 de Castelló de la Plana ha determinado que un contrato de tarjeta de crédito
revolving suscrito en 2007 es usurario y por tanto nulo. El afectado,
un vecino del municipio, recuperará un total de 9.526
euros, incluyendo 8.170 euros en intereses remuneratorios y 950
euros en comisiones por disposición en efectivo.
Las tarjetas y
créditos revolving permiten que sus usuarios dispongan de dinero
de forma rápida y a devolver a plazos. Sin embargo, en la mayoría
de los casos los intereses remuneratorios pactados en su
contratación son muy elevados y la información proporcionada
por las financieras emisoras muy escasa. Esta peligrosa
combinación ha llevado a miles de afectados en toda la Comunidad
Valenciana a contraer deudas inasequibles que se prolongan
indefinidamente.
Esta es la situación
que ha sufrido durante 14 años un vecino de Castellón. Para la
defensa, dirigida por la Plataforma Recupera Revolving, el acuerdo con la entidad contaba
con dos elementos clave para poder declarar la nulidad del
contrato. Por un lado, los intereses remuneratorios de la
tarjeta eran muy elevados (26,82% TAE), existiendo por tanto
usura. Por otro, había una más que evidente falta de
transparencia en la redacción del contrato, cuya letra era
“minúscula y prácticamente ilegible”, impidiendo que el
afectado comprendiese debidamente las consecuencias que asumía.
El Juez ha declarado
en la emisión de su fallo “la nulidad por usurario del contrato
de tarjeta de crédito litigioso”, condenando a la parte
demandada a abonar al afectado cerca de 10.000 euros.
La
sentencia confirma el creciente éxito de las reclamaciones por este
tipo de contratos. Los juzgados, siguiendo la doctrina del Tribunal
Supremo, recientemente apoyada por el Tribunal de Justicia de
la Unión Europea, están concediendo la razón de forma mayoritaria
a los afectados por tarjetas revolving y créditos rápidos que
reclaman.
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